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Deslinde: cuándo lo necesitas y cuándo no

Hay dos ideas circulando, y ninguna es exacta: que una Constancia Anotada no se puede vender, y que deslindar es siempre un pleito. Ni una ni otra.

8 min de lecturaAgosto 2026
Res. 790-2022 · Ley 108-05 LAT 18.4861 · LON -69.9312 · UTM 19Q · República Dominicana

01Qué cambió con la Ley 108-05

Quedó prohibida la expedición de constancias anotadas (art. 129), salvo en el régimen de condominio. Pero las que existen siguen existiendo, y son muchas: un derecho registrado sobre una porción de una parcela mayor, sin plano individual y sin designación catastral propia.

02Se puede transferir. El problema es lo que recibe el comprador

El derecho existe y se transfiere. Lo que pasa es que quien compra recibe exactamente el mismo problema: una porción sin plano ni designación propia.

⚠️ Por eso el deslinde suele pedirse antes de cerrar, y por eso es habitual que el banco lo exija para constituir hipoteca.

03Los momentos en que aparece el bloqueo

  • Antes de vender. El comprador informado pregunta, y el precio lo nota.
  • Antes de hipotecar. Es habitual que el banco lo exija.
  • Antes de repartir entre herederos. No se reparte en naturaleza lo que no está delimitado.
  • Antes de construir. Para tener seguridad de que se construye dentro del terreno propio.

04Hay dos vías, y conviene conocerlas

La regularización parcelaria individualiza la porción por la vía administrativa, sin proceso judicial, cuando se cumplen cuatro condiciones (art. 5 de la Resolución 790-2022, modificada por la Resolución 82-2025): que no se presenten objeciones por conflictos de derechos sobre la porción, ni antes de la aprobación de los trabajos técnicos ni durante la emisión de los Certificados de Título; que la ocupación material del terreno sea pacífica; que los límites de esa ocupación estén manifiestamente establecidos en el terreno; y que la extensión superficial conste claramente en el asiento registral.

El deslinde es el proceso contradictorio (art. 10), con tres etapas: técnica, judicial — que termina con sentencia — y registral, que termina con el Certificado de Título (art. 11).

En corto: cuando hay conflicto, cuando alguien objeta, o cuando falta alguna de esas condiciones, el camino es el deslinde. Si no, el camino corto existe.

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05Preguntas frecuentes

¿Puedo vender sin deslindar?+
El derecho se transfiere, pero el comprador recibe el mismo problema: una porción sin plano ni designación propia.
¿Cuánto tarda?+
El reglamento fija 45 días hábiles para la calificación del expediente ya presentado (art. 52); el trabajo previo tiene su propio tiempo.
¿Quién decide qué vía corresponde?+
El agrimensor actuante al evaluar el caso; el expediente lo califica la Dirección Regional.

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