01Qué exige el reglamento
El sistema de referencia es el materializado por la Red de Estaciones Permanentes de la Jurisdicción Inmobiliaria, y la proyección a emplear es la Universal Transverso Mercator, zona 19 Q, hemisferio norte (art. 114 del RGMC).
02Qué son las coordenadas proyectivas
Todos los vértices de las parcelas involucradas en el acto tienen que tener calculadas sus coordenadas proyectivas en ese sistema (art. 113), y se expresan en metros con dos decimales. Junto con las medidas lineales, los rumbos y la superficie, es lo que dimensiona la parcela (art. 115).
03Estaciones privadas
Para presentar un trabajo de mensura utilizando una estación de referencia de operación continua (CORS) privada, esta debe ser previamente vinculada a la Red de Estaciones Permanentes de la Jurisdicción Inmobiliaria, definida por la Dirección Nacional de Mensuras Catastrales para tales propósitos (art. 106, párrafo III).
04Y si mi plano es antiguo
Un plano levantado en un sistema local no se descarta, pero tampoco se usa tal cual: hay que llevarlo al sistema vigente, y eso es trabajo de quien tiene los parámetros oficiales y la responsabilidad del cálculo.